Desde el pasado 2 de octubre de 2016, fecha en que entró en vigor la nueva Ley del Procedimiento Administrativo Común, para los abogados, procuradores, economistas, notarios y demás profesiones cuyo ejercicio requiere colegiación resulta obligatorio relacionarse con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos, requisito que se exige para cualquier trámite administrativo, y que extiende, en el caso concreto de los letrados, la carga que ya teníamos desde la implantación de Lexnet.

Todo sea por el tan cacareado «papel cero» que, dicho sea de paso, no se cumple con la Administración de Justicia, porque, entérense los legos en Derecho, cada que presentamos un escrito iniciador de un proceso tenemos que hacerlo por Lexnet, escaneando los archivos y, además, en papel. Como lo leen.

El caso es que, ingenuo de mi, la semana pasada decidí probar el sistema en la pagina web de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, simplemente para presentar una sencilla instancia. Y en mala hora.

Digo en mala hora porque ese es -más o menos- el tiempo que tardé en darme por vencido, puesto que lo que yo quería presentar no estaba dentro de la pestaña donde figuran codificados los distintos procedimientos administrativos.

Probé ayuda y… ¿adivinan qué me decía el sistema? Si, eso, que entrara (como si pudiera) y solicitara soporte, es decir, que para ayudarme tenía que saltar esa primera barrera que no podía franquear.

Total, que después de varios intentos opté por desplazarme a la ventanilla de toda la vida, tratar con la funcionaria de toda la vida que me estampilló el sello… como toda la vida.

Esta mañana leo en La Opinión de Murcia que el Consejo de Gobierno aprobará la próxima semana la convocatoria de un concurso para conseguir la tecnología que sustentará la Administración electrónica por importe de 7,5 millones.

Acabáramos, resulta que primero pusieron la obligación y luego los medios. Y yo sin enterarme.

Lo dicho: el carro delante de los bueyes.